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Impuestos para ser más sanos

4 de octubre de 2022
bebidas azucaradas
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En su incansable afán por hacer de nosotros mejores personas, el gobierno aprobó una subida del IVA a las bebidas azucaradas, que pasó el 1 de enero de 2021 del 10 al 21%. El ejecutivo defendió esta mayor tributación al explicar que el objetivo era promover “hábitos más saludables”, ya que la obesidad provoca la muerte de casi tres millones de personas por año en el mundo. La decisión estuvo acompañada de las habituales campañas en redes sociales con el hashtag #elazucarmata, con mensajes de impacto e imágenes de un sobre de azúcar con la forma de un cigarrillo. No era, exactamente, una iniciativa original, ni siquiera en España, ya que en Cataluña ya se había aprobado una medida similar tres años antes. Y en Canarias se planteó crear un tributo similar en 2018, aunque finalmente se desistió de su aplicación.

Unos cuatro años después de la aplicación de este tributo en Cataluña, se conoció un informe que daba la razón, aparentemente, a los impulsores de la medida en cuanto a sus efectos disuasorios, ya que documentaba una reducción del consumo de bebidas azucaradas en comparación con otras comunidades autónomas que no tienen un gravamen de este tipo. Según el análisis, se produjo una reducción del 10,4% de las compras de bebidas azucaradas el primer año, en el segundo año la reducción se cifró en un 12,3%, en el tercer año se situó en un 15,3%, y en los últimos seis meses analizados la reducción alcanzó el 16,7%. Desde hace años, la OMS (Organización Mundial de la Salud) insta a los países a introducir impuestos en las bebidas azucaradas como una de las medidas para frenar y desincentivar su compra y su consumo, porque sostienen que son productos que aumentan el riesgo de obesidad tanto entre los niños como entre los adultos. La organización también recomienda que el gravamen sea al menos del 20%, el que consideran el umbral en el que se constatan reducciones en el consumo de bebidas azucaradas.

Lo que, sin embargo, no se conoce son los consumos alternativos que puede haber despertado esta medida, ya que la reducción del consumo de cocacola puede haberse compensado con mayores ventas de otras bebidas, que en resultados agregados podrían resultar en una ingesta de calorías igual o superior a la original. A falta de datos sobre este aspecto en España, sí podemos apoyarnos en estudios en ese sentido que se han hecho en Estados Unidos.

En algunas ciudades de California, Colorado y Pensilvania, estas figuras fiscales fueron aprobadas por voto popular, aprovechando alguna cita electoral. Y, al igual que en Cataluña, se observó un descenso en el consumo de entre un 10 y un 15 por ciento en los primeros años. Pero un estudio de Jonathan Klick (de la Pennsylvania School of Law) y Eric A. Helland (del Claremont McKenna College) concluye que el aumento en los impuestos a los refrescos condujo a una reducción del consumo entre los jóvenes, a la vez que una sustitución por otras bebidas. Así, una reducción de 6 calorías en el consumo de bebidas azucaradas fue acompañada por un aumento de 8 calorías en el consumo de leche y un aumento de 2 calorías en el consumo de jugos de fruta.

El estudio pone de manifiesto entonces que el impuesto a los refrescos condujo a un aumento en el consumo total de calorías, lo que contrarrestó los beneficios de la caída del consumo de bebidas cola y afines. Además, puntualiza que “no hubo un efecto estadísticamente significativo de los impuestos a los refrescos sobre el peso corporal o la probabilidad de ser obeso o tener sobrepeso”. La experiencia “nos ofrece poca evidencia de que los impuestos a los refrescos sirvan para reducir la cintura de los estadounidenses”, subrayan.

Bueno sería que, además de esperar recaudar unos 300 millones de euros anuales gracias al aumento de IVA a los refrescos, el gobierno hubiese encargado un informe similar, para saber algo elemental: si la medida realmente cumple con los fines prometidos. Por otra parte, llama la atención que los defensores de este gravamen sean tan contradictorios en sus postulados, ya que si consideran disuasorio del consumo de refrescos el hecho de que se les suba el precio, no se entiende por qué no consideran igual de disuasorias otras subidas de precios, como por ejemplo, el aumento del salario mínimo, que aplicando la misma lógica deberían reconocer que es disuasorio para la contratación de las personas desempleadas.